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Política de Privacidad

Política global de protección de datos

1. Nuestros Principios

En el tratamiento de los datos personales, el Grupo GIT adoptará acciones destinadas a preservar los siguientes principios básicos:

  • Principio de licitud.
  • Principio de transparencia.
  • Principio de compromiso con los derechos de los interesados.
  • Principio de limitación de plazo de conservación.
  • Principio de seguridad.

1.1. Principio de licitud

El Grupo GIT adoptará las acciones necesarias para garantizar que los datos personales que recabe almacenen y procese de los Interesados sean tratados de manera lícita y leal.

El tratamiento deberá cumplir con las obligaciones que resulten del ordenamiento jurídico aplicable a ese tratamiento atendiendo a sus características y alcance geográfico, y el resto de las disposiciones incluidas en esta Política Corporativa. En todo caso, el Grupo GIT observará con particular atención:

  • La obtención del consentimiento del interesado o, en su caso, la existencia de cualquier otra condición de licitud de tratamiento prevista en la legislación aplicable.
  • La necesidad del tratamiento y la finalidad legítima del mismo. Los datos personales serán recogidos con fines legítimos, y no serán tratados ulteriormente de manera incompatible con dichos fines.

1.2. Principio de transparencia

El Grupo GIT adoptará las medidas necesarias para garantizar que se les facilite a los Interesados información fácilmente accesible e inteligible sobre los datos personales que recabe, almacene y procese.

Entre otras medidas, se proveerá a todos los Interesados la siguiente información:

1) Tipo de información que se recoge

En las compañías que forman parte del Grupo GIT se recopilan distintos tipos de datos personales, ya sea directamente porque se facilita la información (tales como, a título de ejemplo, nombre, apellidos, dirección, cuenta bancaria, preferencias personales, etc.) o indirectamente a través del uso que se hace de nuestros servicios (datos de localización, datos de llamadas, datos de consumo de contenidos, etc.) o de fuentes externas legítimas.

2) Cómo se recoge la información

Se recoge esta información de diferentes formas y a través de diferentes canales.

Se informará a todos los Interesados sobre cómo se recopilan sus datos cuando acceden a los productos y/o servicios y/o canales de comunicación.

3) Finalidad de la recogida de la información

Los datos del Interesado pueden ser utilizados para diferentes finalidades en función del tipo de información.

Debe informarse al Interesado sobre la finalidad con la que se utilizarán sus datos.

4) Conservación de los datos personales

Se informará al Interesado del tiempo por el cual se conservan sus datos personales o los criterios que permitan determinarlo, la forma de suprimirlos, cuando proceda, y qué sucede cuando los usuarios eliminan sus cuentas.

En todo caso, las empresas que forman parte del grupo GIT se reservan el derecho de usar información recabada de los Interesados de forma anonimizada, de manera que no permita la identificación del Interesado.

5) Cesión de la información

Se informará a los Interesados de la categoría de la información se va a ceder, los destinatarios o categorías de destinatarios y la finalidad de la cesión.

1.3. Principio de compromiso con los derechos del interesado

Grupo GIT debe ofrecer a los Interesados herramientas y/o procedimientos claros y sencillos para garantizar y asegurar el correcto ejercicio de los derechos del Interesado según el ordenamiento jurídico aplicable, tales como el derecho de acceso, de rectificación, de supresión, de oposición, el derecho a retirar el consentimiento en cualquier momento y el derecho a presentar reclamaciones.

El Grupo GIT deberá facilitar el ejercicio de estos derechos en los plazos y términos previstos en el correspondiente ordenamiento jurídico y propio del país y/o región correspondiente.

El Grupo GIT pone a disposición de su personal, clientes, contratistas o cualquier otro Interesado titular de datos personales incluidos en las bases de datos y/o sistemas de información propiedad de las entidades del Grupo GIT, canales de comunicación para recibir y atender peticiones, consultas y reclamaciones por parte de sus titulares de manera que éstos puedan ejercer los derechos que les asistan.

El Grupo GIT se compromete a dar respuesta a las peticiones, consultas y reclamaciones a la mayor celeridad dentro de los plazos determinados por la normativa aplicable en cada momento.

1.4. Principio de limitación del plazo de conservación

El Grupo GIT no conservará los datos personales del Interesado más allá de los plazos en los que pueda estar justificado de acuerdo con la legislación aplicable de cada jurisdicción.

1.5. Principio de seguridad del tratamiento

El Grupo GIT, en cualquiera de las fases del ciclo del tratamiento, aplicará las medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo al que los datos de carácter personal puedan estar expuestos y en todo caso, de conformidad con las medidas de seguridad establecidas en el ordenamiento jurídico vigente en cada uno de los países y/o regiones en los que opera y la normativa interna de Seguridad. Si en algún momento esta seguridad se ve comprometida, el Grupo GIT actuará de forma rápida y responsable.

El Grupo GIT asumirá una especial diligencia en el análisis de aquellos tratamientos que puedan implicar un alto riesgo para los derechos y libertades de los interesados.

Asimismo, las empresas que forman parte del Grupo GIT protegerán en todo momento el carácter confidencial de los datos de los Interesados, de conformidad con la normativa interna de clasificación y tratamiento de la Información.

2. Condiciones para el consentimiento

Grupo GIT facilitará a los interesados una información clara y transparente sobre el uso y almacenamiento que hace de sus datos personales, de forma que éstos puedan consentir de forma libre, específica, informada e inequívoca sobre el tratamiento que de los mismos se haya de efectuar.

3. Transferencia Internacional de Datos

La información entregada por los Interesados puede ser transferida internacionalmente a empresas del Grupo y a terceros para su tratamiento de acuerdo con los requisitos que establezca la legislación aplicable en cada país y/o región, y a los acuerdos internacionales, donde operen las distintas entidades del Grupo GIT.

A este respecto, el Grupo GIT, ya sea en calidad de Responsable del tratamiento y/o de Encargado del tratamiento, protegerá los derechos de sus Interesados en las transferencias internacionales de datos personales a terceros países, observando en todo momento los estándares de seguridad del Grupo y la legislación aplicable a la materia.

Asimismo, las empresas que forman parte del grupo GIT podrán evaluar, cuando la normativa aplicable lo contemple, la adopción de mecanismos que ofrezcan garantías adecuadas para la protección de los datos personales en las transferencias de información entre las empresas del Grupo, tales como Normas Corporativas Vinculantes u otros instrumentos legalmente válidos.

4. Privacidad en menores de edad

El Grupo GIT manifiesta su compromiso con la protección de la privacidad de los menores de edad y con el uso responsable de la tecnología, adoptando las medidas necesarias para proteger su información personal conforme a la normativa aplicable.

5. Privacidad en la cadena de suministro

Las empresas que forman parte del Grupo GIT, como responsable del tratamiento, asegurará contractualmente que cualquier proveedor que actúe bajo su autoridad y tenga acceso a datos personales de los Interesados de su titularidad, sólo pueda tratar dichos datos siguiendo sus instrucciones y, en todo caso, de forma segura mediante la adopción de las medidas de seguridad técnicas y organizativas necesarias y el cumplimiento íntegro del ordenamiento jurídico y normativa interna aplicable.

Así, cada Responsable del tratamiento priorizará la elección de aquellos proveedores que actúen como Encargados de tratamiento cuando estos garanticen el cumplimiento de la legislación de protección de datos aplicable al tratamiento encomendado y, además, esta Política Corporativa.

6. Privacidad por diseño

El Grupo GIT se acoge a los principios de privacidad por diseño y responsabilidad activa en el desarrollo de sus productos y servicios para que, desde su concepción inicial, incorporen los requisitos de protección de datos que sean aplicables.

7. Requerimientos de autoridades competentes

El Grupo GIT está sujeta a los entornos jurídicos en los que opera, por lo que debe, en circunstancias excepcionales y siempre expresamente previstas en las leyes nacionales, dar respuesta a requerimientos de las autoridades competentes relativos a determinada información sobre las comunicaciones de sus clientes y/o usuarios.

El Grupo GIT se encuentra comprometido a garantizar tanto el cumplimiento de nuestras obligaciones legales y regulatorias en materia de colaboración con la administración de Justicia y autoridades competentes como la protección de los derechos de Privacidad y Libertad de Expresión de los afectados.

8. Gobernanza y organización en materia de protección de datos

Para garantizar los derechos, en materia de protección de datos, de los ciudadanos y empresas con los que el Grupo GIT se relaciona, así como el cumplimiento de los ordenamientos jurídicos aplicables y de esta Política Corporativa de Privacidad, es importante que cada empresa del Grupo dedique los recursos adecuados a la implementación de esta política.

El Grupo GIT se ha dotado de la organización correspondiente, cuya estructura básica se detalla a continuación:

9. Responsable Local de Protección de Datos (DPO Local)

El Grupo GIT designará DPO Local, quien será responsable de coordinar y supervisar el cumplimiento de la normativa de protección de datos personales y de esta Política Corporativa en su ámbito de actuación.

Funciones y responsabilidades del DPO Local

  • Asesorar a las áreas de negocio y soporte en materia de protección de datos personales.
  • Supervisar el cumplimiento de la normativa aplicable y de esta Política Corporativa.
  • Coordinar la atención de solicitudes, consultas y reclamaciones de los Interesados.
  • Actuar como punto de enlace con las autoridades competentes cuando resulte aplicable.
  • Promover la identificación y gestión de riesgos asociados al tratamiento de datos personales.

10. Estructura de relacionamiento

Sin perjuicio de las funciones y responsabilidades del DPO local designado, y con el objetivo de asegurar la adecuada implementación del cumplimiento en materia de privacidad y protección de datos personales, el Grupo GIT considera conveniente la creación de una estructura de relacionamiento que permita dar soporte, coordinar, asesorar y proponer líneas de actuación en relación con dicho cumplimiento y, en general, con la observancia de la normativa legal aplicable.

En particular, el Grupo GIT considera apropiado establecer los siguientes ejes de relacionamiento, a través de interacciones habituales y, en particular, de los Comités que se establezcan al efecto:

  1. Relacionamiento transversal: para el adecuado desarrollo del cumplimiento en materia de privacidad, el DPO Local deberá mantener una relación permanente de coordinación con las siguientes áreas: Seguridad, Legal, Regulación y Asuntos Institucionales, Tecnología, Sistemas, Cumplimiento y Auditoría Interna, a fin de asegurar la correcta aplicación de las directrices establecidas y la gestión integral de los riesgos asociados al tratamiento de datos personales.
  2. Relacionamiento de negocio: las áreas de negocio son las encargadas de implementar directrices de cumplimiento en materia de privacidad, por lo que su propia normativa interna y sus procesos de negocio deben tomar en consideración en todo momento estas directrices; con ese objetivo, se designarán, tanto en las sociedades de forman parte del Grupo GIT como en aquellas unidades de negocio en las que se estime oportuno, interfaces que garanticen la interacción con el DPO Local.
  3. Relacionamiento entre unidades de negocio: el DPO local, a efectos del seguimiento de las directrices en materia de privacidad, y de la revisión de problemáticas transversales al conjunto de las organizaciones deben mantener relaciones con las diferentes áreas de la compañía.

11. Formación y Concientización

El Grupo GIT es consciente de que la progresiva mejora de los estándares de observancia de la normativa legal aplicable y de la normativa interna del Grupo GIT en materia de privacidad y protección de datos personales, pasa por la implementación efectiva de una cultura de conocimiento por parte de sus empleados y de los intervinientes en la cadena de suministro.

A su vez, la implementación de dicha cultura sólo puede conseguirse a través de las correspondientes iniciativas de formación y concienciación, que el Grupo GIT se compromete a desarrollar, en el marco de sus planes integrales de formación y comunicación, de forma continuada, de forma prioritaria para sus empleados y, en la medida de sus posibilidades, para los terceros que interactúen con el mismo.

12. Seguimiento y control

El Grupo GIT y cada compañía perteneciente al mismo, en su compromiso de supervisión y mejora continua, someterá de forma periódica sus tratamientos de datos personales a controles y/o auditorías internas con la finalidad de verificar el correcto cumplimiento de la normativa legal aplicable a cada entidad, así como de esta Política Corporativa, y las normas y procedimientos que la desarrollen, determinando grados de cumplimiento y recomendando medidas correctoras.

En aquellos tratamientos en los que el Grupo GIT figure como Responsable de Tratamiento podrá exigir, mediante contrato, a los Encargados de Tratamiento con los que trabaje, mecanismos de auditoría o certificación con el fin de asegurarse que éstos ofrecen garantías suficientes para llevar a cabo sus operaciones de tratamiento.

13. Auditoría Interna

La observancia y cumplimiento de la presente Norma por las distintas áreas de la Compañía será objeto de revisión y supervisión por parte del área de Auditoría Interna, quien estará facultada para realizar las supervisiones muestrales de los controles aquí establecidos siempre que lo considere conveniente.

14. Revisiones y modificaciones

Esta política corporativa será revisada periódicamente, y tomando en consideración los cambios organizativos, legales o de negocio que se produzcan en cada momento, con el fin de mantener su pertinencia, suficiencia y eficacia y, en su defecto, con la periodicidad establecida en la

Las revisiones de la Política, en la medida en que pudieran afectar a las condiciones de privacidad comprometidas por el Grupo GIT frente a los Interesados, serán objeto de la oportuna difusión y comunicación.

15. Entrada en vigor

Esta Política Corporativa entrará en vigor el día de su aprobación por el CEO e involucrados.

16. Glosario

  • Política Corporativa: Significa esta Política Corporativa de Privacidad del Grupo GIT.
  • Grupo GIT: Significa todas las entidades pertenecientes a su grupo empresarial con independencia de su residencia (dentro o fuera de la UE) y de su forma jurídica.
  • Dato personal o de carácter personal: Significa toda información sobre una persona física identificada o identificable (en este documento referido como el “Interesado”).
  • Tratamiento: Significa cualquier operación o conjunto de operaciones realizadas sobre datos personales o conjuntos de datos personales, ya sea por procedimientos automatizados o no.
  • Responsable del tratamiento: Entidad que, sola o junto con otras, determine los fines y medios del tratamiento.
  • Encargado del tratamiento: Significa la persona física o jurídica, autoridad, servicio u otro organismo que trate datos personales por cuenta del Responsable del tratamiento.